SUBASTAS DE EMBARGOS

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SUBASTAS DE EMBARGOS


El embargo encuentra sus causas, en circunstancias normales, en las deudas impagadas del propietario o propietarios de dichos bienes.

 

Las subastas de embargos son uno de los diferentes tipos de subastas que se pueden producir, si las clasificamos por la procedencia de los bienes a subastar.

 

Los bienes pueden ser embargados tanto por Administraciones públicas como por entidades bancarias, personas particulares, empresas, comunidades de propietarios, etc.  Estos bienes son llevados a las subastas con las condiciones particulares del organismo que esté ejecutando el expediente de embargo (Juzgados, Seguridad Social, Hacienda, Ayuntamientos, Diputaciones, Consejerías, Ministerios, Comandancias, entre otros).

 

Cada organismo de los anteriormente citados aplica sus propias normas, que rigen el desarrollo de las diferentes subastas de embargos, aunque básicamente la dinámica es muy similar. 

 

El deudor puede recuperar sus bienes pagando la deuda más los intereses y costes en cualquier momento antes de la aprobación de remate, con lo que la subasta quedaría suspendida.

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